Esquivar una multa en Cataluña resulta relativamente sencillo, sobre todo si el motivo de la sanción es un mal estacionamiento.
Sólo hay que comprobar si la señal de tráfico de prohibido aparcar, zona azul o cualquier otra está escrita exclusivamente en catalán. Si es así (cosa que ocurre en el 100% de los casos), la batalla está ganada.
El único tramite a realizar es recurrir la penalización arguyendo el
incumplimiento de los artículos 56 y 138 de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, relativos al idioma de las señales. Ambos apartados normativos obligan a que «las indicaciones escritas de las señales de tráfico se expresen al menos en el idioma oficial del Estado» -Artículo 56-.
La norma establece que esa señalización en la vía pública «figure en idioma castellano, y además, en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha Comunidad»
-Artículo 138-. Los Ayuntamientos incumplen esta normativa estatal en pro de la causa lingüística y prefieren renunciar a cobrar las multas recurridas por este concepto a rotular en castellano las señales.
Esto lo he recibido a traves de un e-mail y suelo ser esceptico ante ellos, pero me he tomado la molestia de consultar los articulos mencionados y ciertamente existe esa obligatoriedad de rotular, al menos, en castellano. No sé cómo será en el resto de las comunidades con idioma propio, pero en Catalunya dificilmente se verá una rotulación en los dos idiomas, digo yo que será pa hacer menos gasto

Que gustazo me voy a dar cuando vaya a Barcelona y pueda aparar en areas azules, verdes, amarillas y rosa fosforito
