sogtulakk
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« : 22 de Diciembre 2005, 16:17:54 » |
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• Envía el informe a la Generalitat y al Ministerio de Industria por ser competentes en licencias de radio
MARC ANDREU BARCELONA
La COPE vulnera los límites constitucionales de la libertad de información y expresión e incumple gravemente sus obligaciones como concesionaria radiofónica. Al menos en sus programas estrella La mañana y La linterna, que dirigen Federico Jiménez Losantos y César Vidal, respectivamente. Así lo entiende el Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) en un duro informe acordado el lunes por el pleno de este organismo independiente y hecho público ayer.
Todos los partidos catalanes, menos el PP, manifestaron su respeto y adhesión al texto. ICV-EUiA pidió incluso que la Generalitat actúe con "contundencia" y sugirió que vería "bien" la retirada de las concesiones radiofónicas a la COPE. Sin embargo, el conseller primer, Josep Bargalló, descartó por ahora emprender ninguna acción contra la COPE.
La actuación del CAC, motivada por varias denuncias ciudadanas recibidas desde el pasado mes de marzo, ha sido elaborada a partir de la escucha de varias ediciones de los magacines La Mañana y La Linterna entre junio y octubre del 2005, de los cuales se han extraído y analizado 24 fragmentos. Todo ello ha dado como resultado un informe de 68 páginas argumentado jurídicamente con citas de la legislación vigente en España y la Unión Europea y referencias a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
INCUMPLIMIENTOS
El CAC hizo llegar su acuerdo a la COPE la noche del martes con la advertencia de que la cadena, propiedad de la Conferencia Episcopal, está incurriendo en "una vulneración de los límites constitucionales al ejercicio legítimo de los derechos fundamentales a la libertad de información y de expresión, lo cual supone un incumplimiento grave del régimen concesionario" al que están sujetas las sociedades a través de las cuales la COPE emite en Catalunya.
El CAC constata que la línea editorial de la COPE responde a "las ideas de una parte representativa de la ciudadanía" y manifiesta su "voluntad de garantizar" la contribución que la emisora hace "en términos generales, al pluralismo". Sin embargo, el consejo concluye que la actitud de la COPE "responde, esencialmente, a la voluntad de descrédito público de terceros sobre la base de gravísimas acusaciones" sin una mínima comprobación.
También constata que los programas de Jiménez Losantos y Vidal se orientan "hacia el insulto o la vejación pública" y tienen intención de "crear un estado de opinión pública de animadversión hacia representantes democráticos de la ciudadanía", así como el objetivo de "ofrecer una imagen denigrada de las instituciones catalanas". El departamento de Presidència de la Generalitat y el Ministerio de Industria también han recibido el informe, pues el CAC estima que deben tenerlo en cuenta como administraciones competentes en la regulación de las concesiones radiofónicas --en frecuencias de FM la Generalitat y de OM el ministerio.
REITERACIÓN Y SANCIONES
A ello se refirió el conseller primer cuando dijo que ha hecho llegar el informe a los servicios jurídicos de la Generalitat pero que descarta por el momento emprender alguna "actuación ejecutiva" contra la emisora, porque debería haber "una reiteración" en su forma de actuar constatada mediante otro informe del mismo CAC. Al margen de ello, cuando próximamente entre en vigor la nueva ley del audiovisual, aprobada el martes por el Parlamento catalán, el propio CAC tendrá capacidad sancionadora para imponer multas o suspensiones temporales de emisión en casos como el denunciado en el informe.
Precisamente sobre la aplicación de esta nueva ley en el caso de la COPE versaron las reacciones que suscitó el informe. PSC, ERC, CiU e ICV lo suscribieron, y los dos últimos grupos pidieron a la Generalitat que tome medidas. El PP no acepta otras acciones contra la cadena episcopal que las querellas individuales y, además de rechazar el informe, dijo que se lo esperaba y que por ello votó contra la ley del audiovisual.
Ante la demanda foreril, aqui está el informe.
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Iranzo
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« Respuesta #1 : 22 de Diciembre 2005, 16:22:19 » |
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Pero donde ha ido a parar la libertad de expresion de este pais,es decir de una nación un pueblo llamado España,porque que yo sepa hasta la fecha Cataluña es una comunidad dentro de una Nación llamada España,y que yo sepa desde que tengo uso de razon que fue alla por el 76 u 77 tengo libertad de expresión porque ya existia recientemente nuestra amada constitución,y ahora el señor zapatareo y sus amigos nacionalistas se quieren cargar este pais y esta amada constitución con una ley dictatorial contra las libertades de expresión de una cadena u emisora de radio?¿esto no se puede permitir por favor 
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Clifor
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« Respuesta #2 : 22 de Diciembre 2005, 16:36:54 » |
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Iranzo, no confundas libertad de expresión con insultar, vejar, difamar o mentir (OJO, no digo que la COPE lo haga). Yo no puedo (?)/debo salir en ningún medio de comunicación diciendo que me has robado el coche, que has pegado a mi vecino y que por las noches bebes la sangre de pollos vírgenes para mantenerte joven, salvo que sea una información contrastada (  )
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« Respuesta #3 : 22 de Diciembre 2005, 17:40:57 » |
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Iranzo, no confundas libertad de expresión con insultar, vejar, difamar o mentir (OJO, no digo que la COPE lo haga). Yo no puedo (?)/debo salir en ningún medio de comunicación diciendo que me has robado el coche, que has pegado a mi vecino y que por las noches bebes la sangre de pollos vírgenes para mantenerte joven, salvo que sea una información contrastada (  ) Cierto, pero para eso están los Tribunales. Que el Poder Político sea quien determine qué está bien dicho y qué no lo está es inasumible por cualquiera que crea en el Estado de Derecho, porque convierte al Poder político en juez y parte. Si la COPE, o quien sea se pasa cuatro pueblos ( como en el caso de Evo Morales ), denuncia al juzgado y asunción de responsabilidades. Lo otro es inadmisible para cualquier demócrata.
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sogtulakk
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« Respuesta #4 : 22 de Diciembre 2005, 17:47:25 » |
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Cierto, pero para eso están los Tribunales. Que el Poder Político sea quien determine qué está bien dicho y qué no lo está es inasumible por cualquiera que crea en el Estado de Derecho, porque convierte al Poder político en juez y parte.
Si la COPE, o quien sea se pasa cuatro pueblos ( como en el caso de Evo Morales ), denuncia al juzgado y asunción de responsabilidades. Lo otro es inadmisible para cualquier demócrata.
El CAC tiene las competencias sobre las emisiones de FM. Este organismo, sólo ha hecho el estudio. Y lo ha realizado en base a denúncias públicas, y ahora es la Generalitat la que tiene que definirse si lo lanza a tribunales o no. Por lo menos, eso es lo que yo tengo entendido. Si no es asi, espero que sin atizarme mucho, me corrijáis. 
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Clifor
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« Respuesta #5 : 22 de Diciembre 2005, 17:53:04 » |
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Y que alguien ponga el texto de la Ley para ver que dice...
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Pacogalas
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« Respuesta #6 : 22 de Diciembre 2005, 18:01:34 » |
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Esto de los nuevos tribunales de censura... si alguien se siente ofendido por lo que la Cope, la Ser, Onda Cero, Telecinco o Pepito Pérez diga, una denuncia al juzgado por difamaciones, por injurias, o por lo que proceda, vamos, es lo como creo que debe ser...
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Clifor
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« Respuesta #7 : 22 de Diciembre 2005, 18:01:43 » |
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Y que conste Dr. que estoy de acuerdo en lo de los tribunales...
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Clifor
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« Respuesta #8 : 22 de Diciembre 2005, 18:11:00 » |
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Aquí os dejo más información (Gaceta de los negocios - OCP)
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La Federación de la Prensa pide recursos de inconstitucionalidad contra la Ley
X. G. Barcelona. La Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE) instó ayer al Gobierno y partidos políticos a presentar recurso de inconstitucionalidad contra parte de la nueva Ley Audiovisual de Cataluña, aprobada por el Parlamento catalán el martes con los votos del triupartito y CiU y sólo la oposición del PP. La FAPE cree que esta ley “resucita” la censura del pasado y supone una “clara restricción” en el ejercicio de las libertades de información.
La Federación de Asociaciones de Prensa recordó en un comunicado que estas libertades están garantizadas por la Constitución, y consideró la ley, que otorga poderes sancionadores en materia que afectan al ejercicio de las libertades de expresión y de información, significa un “retroceso peligroso” en los derechos de los ciudadanos.
A juicio de la FAPE lo que establece la ley supone “resucitar una forma de censura que ya conocimos en el pasado”, así como facultades administrativas que se entrometen en los contenidos de los medios y que conculcan el mandato constitucional.
La Federación de Asociaciones de Prensa instó al Gobierno, a los partidos políticos y a los organismos con capacidad para ello, a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra varios aspectos de esta Ley, a fin de que el Tribunal Constitucional, garante de la norma básica, establezca si esta restricción de libertad de información y de crítica se ajustan a la Ley fundamental.
Contendido de la ley
El Parlamento catalán aprobó esta ley el martes, con los votos a favor de todos los grupos menos el PP, que en comisión había apoyado el texto. La Ley Audiovisual de Cataluña exige que la información que difundan los medios “sea veraz” y prevé que las licencias de emisión sean dadas por el Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) y no por el Gobierno. Es la primera ley española que prevé que un organismo no gubernamental conceda licencias.
La ley fue aprobada con el apoyo de más de dos tercios de la Cámara, aunque bastaba la mayoría absoluta, y los grupos elogiaron su contenido. No obstante, el PP criticó que “no garantiza suficientemente la pluralidad lingüística y religiosa” y que el CAC (Consejo Audiovisual de Cataluña) pueda emitir informes negativos respecto a la “veracidad” de la información de los medios, si bien ha admitido que “nadie puede dudar de la pluralidad del CAC”, que es quien otorgará las licencias. El CAC es un organismo independiente, cuyos miembros elige el Parlamento catalán, y de estructura autónoma que actúa como autoridad reguladora y que ahora aumenta sus funciones.
El PP justifica su voto contrario por la dificultad de “calibrar la veracidad”
El presidente del PP catalán, Josep Piqué, justificó ayer el voto negativo del PP a la Ley del Audiovisual pese a estar de acuerdo con ella en la ponencia y en la comisión parlamentaria. Aunque admitió “aspectos positivos”, dijo que “es muy difícil calibrar la veracidad de las informaciones y la capacidad sancionadora de un organismo que no deja de ser de contenido político”.
El líder popular, en declaraciones a Catalunya Radio, defendió que eso “hay que dejarlo en el ámbito de los tribunales, del Código Penal”, mientras que “al final ha quedado (en la ley) un aspecto que lleva a la ambigüedad y a una cierta incerteza jurídica desde el punto de vista de calibrar la aplicación del artículo de la Constitución sobre libertad de expresión”.
Piqué negó que traten así de defender a la Cadena Cope. “Ni protegemos ni dejamos de proteger a una radio ni a otra. A veces nos gustan determinadas informaciones y a veces nos desagradan”, dijo, e hizo notar que la Cope “es muy crítica respecto a la estrategia del PP de Cataluña”. En cualquier caso, constató que los medios “deben poder expresarse como lo crean conveniente”, y “quien se sienta ofendido por informaciones que sean calumniosas u ofensivas tiene los tribunales para acogerse”.
Contenido
■ Art. 4 Libre Elección. “Todos los ciudadanos tienen derecho a recibir información veraz y a escoger libremente los servicios audiovisuales que quieren recibir”.
■ Art. 7. Veracidad Informativa. “La información difundida (...) debe ser veraz. Se entiende por información veraz la que se fundamenta en hechos que se pueden someter a una comprobación diligente, profesional y fidedigna”.
■ Art. 76. F. Principios Básicos Reguladores de los Contenidos Audiovisuales. Límites: … hacer una separación clara entre informaciones y opiniones, y respetar el principio de veracidad en la difusión de la información. Se entiende por información veraz la que es el resultado de una comprobación diligente de los hechos.
■ Art. 109. Naturaleza del CAC. “El CAC actúa como autoridad reguladora y ejecutiva dotada de plena independencia en relación al Gobierno …”
■ Art. 128. Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves: el incumplimiento de los principios básicos de la regulación de los contenidos audiovisuales. (art. 76. F)
■ Art. 132.2. Sanciones. Las infracciones muy graves se sancionarán con una multa de 90.001 a 300.000 euros y la suspensión de la actividad por un periodo máximo de tres meses. … En el caso de comisión reiterada en un año de dos infracciones muy graves el CAC puede acordar el cese definitivo de la prestación de los servicios audiovisuales por parte del responsable.
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Pardon_Me
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LLença't
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« Respuesta #9 : 22 de Diciembre 2005, 18:26:24 » |
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Yo no puedo (?)/debo salir en ningún medio de comunicación diciendo que me has robado el coche, que has pegado a mi vecino y que por las noches bebes la sangre de pollos vírgenes para mantenerte joven, salvo que sea una información contrastada (  )  Y... Funciona ??
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Si eres Facha y bebes.... CONDUCE !!!!!
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