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Autor Tema: duda medica!!!  (Leído 848 veces)
El City
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El Gesticulador incontrolable


« : 22 de Febrero 2007, 13:25:45 »

Pues a ver si sabeis alguno,a partir de cuando se empieza a descontar del sueldo por baja no hospitalaria,en porcentajes.Llevo casi 2 semanas de baja,y a la tercera me han dicho q ya me kitan un pico del sueldo.Alguien q este puesto en estos temas o q lo sepa?¿

gracias Cervecitas
« Última modificación: 22 de Febrero 2007, 13:54:22 por El City » En línea

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Dr Roberts
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« Respuesta #1 : 22 de Febrero 2007, 13:57:28 »

Faltan datos
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¿ Puedes devolver la vida ? Entonces no te apresures a dispensar la muerte - Gandalf
OlgaSaot
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« Respuesta #2 : 22 de Febrero 2007, 16:56:37 »

Depende de que tipo de baja, si es baja laboral o no.
Si es laboral, cobraras el 100% desde el primer dia. Si no es laboral y es por tu medico de cabecera, depende de el convenio colectivo que tenga tu empresa.
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El City
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El Gesticulador incontrolable


« Respuesta #3 : 22 de Febrero 2007, 18:24:00 »

Depende de que tipo de baja, si es baja laboral o no.
Si es laboral, cobraras el 100% desde el primer dia. Si no es laboral y es por tu medico de cabecera, depende de el convenio colectivo que tenga tu empresa.

es baja no laboral,convenio siderometalurgia
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Barontxu
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Ir y venir es mi sino....


« Respuesta #4 : 24 de Febrero 2007, 00:21:44 »

convenio normal, no de empresa y baja por enfermedad comun, a los quince dias pasas a cobrar el 60% de tu sueldo(del sueldo base,usea,que ni cobrarás pluses, ni incentivos...) el cual repercutirá en tus pagas extras, cuando lleguen las extras notarás lo que es de verdad el bajón, segun el tiempo que te tires de baja.

A ponerse bueno pero ya!
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El City
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El Gesticulador incontrolable


« Respuesta #5 : 24 de Febrero 2007, 06:41:57 »

convenio normal, no de empresa y baja por enfermedad comun, a los quince dias pasas a cobrar el 60% de tu sueldo(del sueldo base,usea,que ni cobrarás pluses, ni incentivos...) el cual repercutirá en tus pagas extras, cuando lleguen las extras notarás lo que es de verdad el bajón, segun el tiempo que te tires de baja.

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el proximo jueves hace 15 dias,con lo cual,me dare el alta.Espero q la inyeccion intramuscular q me pusieron surta efecto y me calme el musculo de la muñeca.Mi jefe se agarra a la ley como un **** para no pagar ni un misero centimo,asi q.La proxima vez andare mas pillo e intentare colarsela como accidente laboral  Grin Grin Grin Gracia por la info Barontxu,Citykarma 454 va ok
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OlgaSaot
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« Respuesta #6 : 24 de Febrero 2007, 12:52:32 »

No estoy muy segura sobre esto, asi que deberias confirmarlo en ccoo o en ugt, pero creo que el convenio de siderometalurgia ha firmado un convenio en madrid este mes de enero en el cual puedes cobrar el 100% de tu paga. Eso si, sn horas extras.
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Barontxu
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« Respuesta #7 : 24 de Febrero 2007, 20:28:49 »

karma olgaSaot, me has echo currar un ratillo y si tienes razon....
En caso de enfermedad o accidente, el trabajador afectado percibirá de la empresa el complemento a la prestación de la Seguridad Social hasta llegar al 100 % del salario real habitual hasta el límite de 12 meses

A todo el personal que se encuentre de baja por incapacidad temporal se le aplicará la siguiente regla:

— Del primero al tercero de los días, se abonará el 50 por 100 del salario real.

— Del cuarto al decimoquinto día, se complementará la prestación legal establecida hasta alcanzar el 75 por 100 del salario real.

— Desde el decimosexto día hasta el período máximo de dieciocho meses, se complementará la prestación legal establecida hasta alcanzar el 100 por 100 del salario real.

A todo el personal que se halle de baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional, se le incrementará lo que percibe por el seguro de accidente de trabajo, hasta el 100 por 100 del salario real desde el primer día.

« Última modificación: 24 de Febrero 2007, 20:45:08 por Barontxu » En línea

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