Estoy haciendo un trabajo sobre derecho penal juvenil y opinion publica y me gustaria que me comentarais que os parecen las reformas de la ley del menor que esta a punto de aprovarse, aqui o dejo un resumen de las reformas propuestas! AYUDADME POR FA QUE ES LA MITAD DE LA NOTA!!!!
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Reforma de la Ley del Menor
Enviado por Amparo Legal el Mar, 24/10/2006 - 08:14.
Según informan en la web del Consejo General de la Abogacía, la reforma de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor ha pasado un nuevo trámite, tras su paso por el Senado.
El proyecto de reforma de la ley recoge novedades introducidas por la Comisión de Justicia del Senado. Entre ellas, la supresión definitiva de la competencia de los jueces de menores para el enjuiciamiento y ejecución de medidas sobre delincuentes cuyas edades oscilen entre 18 y 21 años, volviendo así al texto inicial del proyecto de ley.
Asimismo, para garantizar el principio de igualdad de las partes durante el proceso, se hace una referencia expresa a la intervención de la acusación particular en todas las actuaciones que se lleven a cabo en la fase de la instrucción y juicio oral, no así en la ejecución.
Por otra parte, se introducen enmiendas técnicas para hacer una correcta referencia al juez de la ejecución. Aunque el menor cometa delitos sucesivos y sea juzgado por distintos jueces, que impongan varias medidas, será un único juez -el primero que juzgó al menor- el que valore su historial y decida la forma en que se individualiza la ejecución de tales penas.
Por lo que respecta a los equipos técnicos de los juzgados de menores, se determina que sus integrantes, bien contratados laborales o funcionarios, dependan del Departamento competente, ya sea de la Administración Central (Ministerio de Justicia) o de las Comunidades Autónomas, bloqueando la posibilidad de privatización de estos servicios.
Finalmente, en materia de internamiento cerrado cautelar (el equivalente a la prisión preventiva) se establece que un juez podrá decidir la adopción de esta medida cuando se trate de hechos graves. Pero además, se valorarán otros criterios, como el que haya cometido otros hechos graves anteriormente
GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!