La ley del consumidor prohibirá el redondeo al alza en telefonía y aparcamientos.....................

ojala sea verdad ¡¡¡
El antreproyecto del Gobierno acaba con «prácticas abusivas» para el usuarioEl Gobierno ha abierto el camino para poner freno a una serie de prácticas abusivas hacia los consumidores, como los redondeos al alza en telefonía móvil o aparcamientos por horas, las complicadísimas gestiones para darse de baja de un contrato o las cláusulas leoninas en la compra de una vivienda. El anteproyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que ha sido remitido al Consejo General del Poder Judicial, al Económico y Social, a la Fiscalía y a Consejo de Estado para su posterior envío al Parlamento, prohíbe éstas y otras actuaciones que dejaban indefenso al ciudadano de a pie. Según la ministra de Sanidad y Consumo, se trata de la «norma más importante de los últimos años para la mejora de la protección de los derechos e intereses» de los usuarios.
REDONDEO AL ALZASegún el documento aprobado ayer, cuando la determinación del precio en productos y servicios se base «en unidades de tiempo», se considerarán abusivas las cláusulas que «fijen una cuantía por aquellos periodos no consumidos». Es decir: se acabó pagar el parking por horas y fracciones. Cuando la ley entre en vigor, el consumidor abonará exclusivamente los minutos que su coche permanezca dentro del recinto, ni más, ni menos. El texto exige que la información sobre el precio, horarios y normas de uso se facilite con carácter previo.
Algo similar ocurrirá en el sector de la telefonía móvil. Ahora, los operadores redondean al alza y cobran por segundos no utilizados en la conversación. Según cálculos de la Federación de Consumidores en Acción (FACUA), los usuarios de telefonía fija pagaron casi 200 millones de euros por el primer minuto en las llamadas a móviles, pese a no consumirlo. Está por ver, sin embargo, que tal prohibición contribuya a un abaratamiento de las llamadas, ya que estas tarifas se inscriben en un sector liberalizado.
BAJAS EN CONTRATOS Darse de baja de un operador telefónico o de una línea de ADSL, por ejemplo, exige hoy en día enfrascarse en una complicada y desquiciante burocracia de gestiones que contrasta con la facilidad que supone contratar el mismo servicio. El Gobierno no va a permitir que las empresas se valgan de estratagemas capaces de desanimar de sus propósitos al consumidor más paciente. Así, la ley equiparará los requisitos para darse de baja de servicios como el suministro de luz, agua, gas o telefonía a las condiciones para darse de alta.
El anteproyecto introduce reformas legislativas que obligan a informar en todos los servicios sobre el procedimiento establecido para rescindir el contrato, sin que se pongan trabas adicionales. Y quedará tipificada como cláusula abusiva la imposición de condiciones injustificadas, como la pérdida de cantidades abonadas por adelantado.
COMPRA DE VIVIENDA Los promotores inmobiliarios no podrán obligar al comprador de una vivienda a suscribir un crédito determinado ni imponerle el pago de tasas o impuestos, como las plusvalías, cuyo pago corresponde al vendedor. También será abusivo pasarle la factura de los gastos derivados de las conexiones a los suministros generales del piso que va a adquirir, tales como el enganche a la red del agua, gas o alcantarillado. Estos deberán estar integrados en el precio de venta final del inmueble.
PROMESAS PUBLICITARIASLa ley prohibirá las prácticas o comportamientos que puedan ser calificados como contrarios a la buena fe, con independencia de que figuren o no en el contrato. El texto refuerza el principio de veracidad de la oferta, promoción y publicidad y fortalece la posición del consumidor en los casos en que se omita información básica sobre las condiciones de la compra-venta. Así, será deshonesto informar sobre un precio que, debido a la suma de gastos adicionales, no es el final. En esos casos, los consumidores podrán reclamar su derecho a pagar exclusivamente la cantidad anunciada inicialmente.
ARBITRAJESEn lo que se refiere a los contratos, la ley actual permite pactar la sumisión de cualquier arbitraje. Cuando entre en vigor la nueva normativa, sólo quedarán admitidos otros sistemas diferentes al que establece la ley con carácter general cuando el consumidor sepa qué se le va a reclamar. Esta medida había sido ampliamente demandada por las comunidades autónomas y las asociaciones de consumidores.