Algo asi como no kedarse a la kola del resto de europeosLa garantía del respeto de determinados valores comunes y de un modelo europeo de sociedad
El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y los derechos humanos.
Una sociedad caracterizada por el pluralismo, la ausencia de discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre hombres y mujeres.
Sólo los Estados que respetan estos valores pueden adherirse a la Unión Europea. Asimismo, pueden tomarse medidas contra los Estados miembros que no respeten estos mismos valores.
Libertades fundamentales
La libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales, así como la libertad de establecimiento. La ausencia de discriminación por razón de la nacionalidad.
Una ciudadanía europea
Toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro posee la ciudadanía de la Unión.
Esta ciudadanía se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla y confiere derechos complementarios: derecho a circular y residir libremente en todo el territorio de la Unión, derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales en el Estado de residencia, derecho a la protección consular y diplomática en terceros países, derecho a formular peticiones al Parlamento Europeo así como a recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, derecho a dirigirse a las instituciones y a los organismos consultivos europeos en la lengua propia y a recibir una contestación en esa misma lengua.
Una Carta de los derechos fundamentales
La Carta garantiza el respeto de la dignidad humana, del derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad, el respeto de la vida privada y familiar, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de expresión y de información, el derecho a la educación, la libertad de empresa, el derecho a la propiedad, la igualdad ante la ley, el respeto de la diversidad cultural, religiosa y lingüística, la igualdad entre hombres y mujeres, la integración de las personas discapacitadas, el derecho a la tutela judicial y a un juez imparcial, la presunción de inocencia y los derechos a la defensa, etc.
La Carta forma parte integrante de la Constitución. Se aplica a las instituciones europeas y a los Estados miembros cuando ponen en práctica el Derecho comunitario. No sólo contempla los derechos civiles y políticos incluidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950, sino también otros ámbitos como son los derechos sociales de los trabajadores, la protección del medio ambiente o el derecho a una buena administración.
Más solidaridad
En caso de que un Estado miembro sea víctima de un ataque terroristao de una catástrofe natural o de origen humano, la Unión y sus Estados miembros actuarán de forma solidaria -con medios militares, si es necesario- para prestarle ayuda. Una mejora de la vida democrática de la Unión.
En lo relativo a nuevas disposiciones para las instituciones europeas, se imponen el consultar a la sociedad civil, la transparencia y la apertura del proceso de toma de decisiones o de acceso a documentos.
Objetivos comunes
La paz y el bienestar. La libertad, la seguridad y la justicia. Un mercado interior importante y la libre competencia. Un desarrollo sostenible que integre los aspectos económicos, sociales y medioambientales. El progreso científico y técnico. La justicia y la protección social. La protección de los derechos de los chicos. La cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros. La diversidad cultural y lingüística. La conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo.
fuente
http://www.constitucioneuropea.es/indexa7d6.html?op=22112