Título: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Desconocido en 18 de Febrero 2011, 09:21:35 Vamos por lo facil
La banca tiene algo/parte/toda la culpa de la crisis? Eran conscientes de a donde llevaban sus practicas? si/no/todo lo contrario Actuaron de mala fe en muchos/algunos/pocos casos? Hay mas preguntas, pero las dejo para los que lleguen a este post Mi pregunta concreta: Es un mala practica bancaria como se vendieron los SWAPS sin ser claros ni en la forma ni en el fondo, engañando a miles de empresarios pequeños. A mi eso me da arcadas ARGGGGGGGG El que venga detras que ponga otra pregunta o que conteste -saltar Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: YoCamilo en 18 de Febrero 2011, 11:49:08 1 Cuando yo era pequeñito (y ya llovió) dejaba una pequeña cantidad en mi cartilla y poco a poco iba subiendo
Ahora te encuentras que no sólo te ha desaparecido la cuenta sino que incluso tienes que pagar (me pasó en una cuenta olvidada que tenía 90 euros) 2 Suelo hipotecario... si señor muy justo... sube el tipo de interés de la zona euro (aka euribor) y sube tu hipoteca baja... y no te baja todo lo que tenía que bajar... que no me hablen de los liberares de libertad contractual ante semejantes cláusulas abusivas 3 las comisiones hasta por respirar.. que puse en otro post pues no me había dado cuenta de que existía este. esto lo general, habitual, pero he visto casos particulares... digamos que ciertas sucursales son reinos de taifas... realmente sangrantes... Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Vito en 18 de Febrero 2011, 13:27:14 Creo que son los culpables por omisión.
1.- por hacer dado sin ton ni son. 2.- por ponerlo difícil, o muy difícil en tiempos como los que vivimos. 3.- por ponerse unos salarios desproporcionados a su trabajo. ... y casos particulares, tengo unos cuantos, vividos en mis propias carnes. Tengo un cliente, que es musulmán, que el muy gracioso siempre me dice que no trabaje con los bancos. (..... con billetes que le salen por las orejas. Con el descubri los billetes de 500 euros y como van retractilados los fajos de 100 billetes ;D ) -bye Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Vito en 18 de Febrero 2011, 13:32:46 Camilim.... comisiones???
Solo por el aviso de la recepción de una carta de crédito nos soplaron 200 euros. POR LA RECEPCION¡¡¡ Luego los consiguientes gastos... casi dos mil euros¡¡¡¡ (estamos negociando para ver si nos bajan un poco estas comisiones. Eso si, tengo seguro dental, seguro medico, seguro de vida, plan de pensiones (tres), obligaciones, acciones, clips, y demás cerdadas a las que estamos sometidos por estos cabr*nes) Por cierto, placer de leerte por aquí.... -bye Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Desconocido en 18 de Febrero 2011, 14:03:50 Y no te hacen "comprar unos maravillosos regalos" por modicas aportaciones ........
-saltar Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Desconocido en 18 de Febrero 2011, 18:56:56 ¿Qué sabemos de la comisión de aviso de descubierto?
esto si que da arcadas porque se aplica sin ninguna compasion a toda la gente en dificultades economicas la banca necesita una gran escombrera para edificar su futuro a medio plazo y el escombro es la pequeña empresa y el ahorrador inculto, al que han engañado sin ningun reparo ni miramiento Con el beneplacito del PSOE y anteriormente del PP -saltar ¿Qué es en teoría la comisión de aviso de descubierto? Según dice el Banco de España: “La comisión de aviso de descubierto constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de comisión por los costes en que ha incurrido la entidad, al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). […] es criterio del Servicio de Reclamaciones esta comisión solo puede ser posible si, se acredita que: – El devengo de la comisión de aviso de descubierto está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador). – (…) Además, y como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de la comisión de aviso de descubierto no constituye una buena práctica bancaria.” ¿Qué es la comisión de aviso de descubierto en la mala práctica diaria? Una comisión de aviso de descubierto, los bancos, cajas de ahorro y otras entidades financieras la cargan al cliente por avisar que en la cuenta hay un descubierto o que ha pasado el día de vencimiento de una deuda (cuota de préstamo o tarjeta) sin ser satisfecha. Afectan a mucha gente, el valor de dicha comisión suele ser, por lo general, de 30 euros, independientemente de la cuantía del retraso, y, generalmente, al cargarse a una persona con dificultades económicas le genera aun más problemas financieros. Es una forma de obtener dinero fácil. Es pues, una comisión legal, pero que se aplica ilegalmente en la mayoría de los casos. Ejemplos de comisión de aviso de descubierto: Señor Paco: va a ingresar al banco “X” 132 euros el día 4, porque el 1 le vencía una cuota de préstamo y él cobra el día 3. El banco le cobra 132 + 30 euros, con lo cual, para el siguiente mes, tiene más dificultades para pagar puntualmente. Si ocurre esto durante un año no es que vaya a tener dificultades para pagar puntualmente, LE PUEDE LLEGAR A SER A SER IMPOSIBLE Y CADA AÑO SERÁ 360 EUROS MÁS POBRE; está pagando una comisión de un 22% equivalente a un TAE de 2073% Señora Josefina: tiene una libreta donde le cargan los recibos. Un día le viene una factura de teléfono un poco mayor que lo habitual; le quedan 3,45 euros en descubierto con fecha valor el día 5; el día 9 va a ingresar 50 euros pues espera otro recibo de 43. Se encuentra con la sorpresa de que el banco le ha cobrado, por ejemplo 22 euros por avisar a través de una carta ordinaria que llega tarde, que tiene 3,75 euros de descubierto. Un 600% de comisión y un TAE DE 54.000 Don Hilario, tiene un préstamo, una tarjeta y recibos domiciliados. Por descuidos y algún apurillo económico no siempre pagó puntual. Al cado de 2 años ha acumulado en comisiones de aviso de deuda vencida 330 euros del préstamo, 240 de la tarjeta y 180 de descubiertos en cuenta, en total 750 euros. El tercer año ya entra en barrena porque no dispone de esos 750 euros para su pequeño fondo de maniobra y ha tenido 3 meses de dificultades económicas; ya no levanta cabeza pues cada mes acumula 90 euros de comisiones de aviso deuda vencida que corroen su frágil economía. Estos ejemplos son de casos moderados; los hay más graves, pero quien por primera vez oiga acerca de esto, seguramente no daría crédito. La comisión de aviso de descubierto se aplica ilegalmente en la mayoría de los casos Estas comisiones de aviso de deuda vencida pocas veces corresponden a un servicio prestado; tampoco son una compensación por el incumplimiento del cliente deudor pues para ello están estipulados unos intereses de descubierto o mora; así se pagan esos días de más en los que has dispuesto del dinero prestado Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Vito en 18 de Febrero 2011, 19:07:18 Por si no habia quedado bien clara mi opinion al respecto....y dicho en roman paladino:
Son unos hijos de ****. Se puede decir mas alto, pero no mas claro. Punto. -bye Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Desconocido en 18 de Febrero 2011, 19:13:00 me voy al monte
hasta el lunes -saltar Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Pardon_Me en 18 de Febrero 2011, 21:46:15 Curioso,
Hace 7 años la gente ponía a parir a la banca porque no les daban un crédito... Ahora, esa misma gente culpa a la banca por darle el préstamo... ??? Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Jorge58 (sin comentarios) en 19 de Febrero 2011, 14:38:12 Curioso, Hace 7 años la gente ponía a parir a la banca porque no les daban un crédito... Ahora, esa misma gente culpa a la banca por darle el préstamo... ??? O yo no entiendo nada (que es probable) o no se trata de la misma gente, por lo menos los que protestan acá Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: cordobita en 19 de Febrero 2011, 18:18:47 Mi pregunta concreta: Me encantaría que te extiendes un poco más en esto de los SWAPS, no sé a qué te refieres.Es un mala practica bancaria como se vendieron los SWAPS sin ser claros ni en la forma ni en el fondo, engañando a miles de empresarios pequeños. A mi eso me da arcadas ARGGGGGGGG El que venga detras que ponga otra pregunta o que conteste -saltar Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: cordobita en 19 de Febrero 2011, 18:27:24 En cuanto al papel de la banca en la crisis, quisiera hacer un comentario que creo que no teneis en cuenta.
Los Estados han regulado el funcionamiento de los bancos de manera "peculiar" desde hace muchos años. Me explico de manera muy simple: hoy en día, un banco es una institución que capta fondos (depósitos, c/c, etc) a corto plazo (es decir, el dinero que le doy al banco lo quiero disponible al 100% ya o como máximo 3 o 5 años en ciertos depósitos). Pero, por otra parte el banco presta ese mismo dinero a largo plazo. Para solventar el evidente problema de falta de liquidez por ajuste de vencimiento, se inventa el Banco Central de turno que provee liquidez de manera más o menos ilimitada, al fin y al cabo el dinero no es más que papel ya que no cuenta con respaldo alguno. Sabiendo que éste es el funcionamiento de un banco, dicho mal y pronto, es razonable pensar que no se van a provocar nunca crisis? Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: YoCamilo en 21 de Febrero 2011, 12:21:56 En cuanto al papel de la banca en la crisis, quisiera hacer un comentario que creo que no teneis en cuenta. Los Estados han regulado el funcionamiento de los bancos de manera "peculiar" desde hace muchos años. Me explico de manera muy simple: hoy en día, un banco es una institución que capta fondos (depósitos, c/c, etc) a corto plazo (es decir, el dinero que le doy al banco lo quiero disponible al 100% ya o como máximo 3 o 5 años en ciertos depósitos). Pero, por otra parte el banco presta ese mismo dinero a largo plazo. Para solventar el evidente problema de falta de liquidez por ajuste de vencimiento, se inventa el Banco Central de turno que provee liquidez de manera más o menos ilimitada, al fin y al cabo el dinero no es más que papel ya que no cuenta con respaldo alguno. Sabiendo que éste es el funcionamiento de un banco, dicho mal y pronto, es razonable pensar que no se van a provocar nunca crisis? también hay inversiones, depósitos a plazo fijo, prestamos a otros bancos, fondos de pensiones, y multitud de activos más que el resumen simple que apuntas hace que la realidad quede corta. Si alguien busca los límites que se les marca, en prácticas bancarias: Ley 26/1988, de 29 de julio. Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito (BOE de 30) (Corrección de errores, BOE de 4 de agosto de 1989) art. 48.2. Orden de 12 de diciembre de 1989. Tipos de Interés y Comisiones, Normas de Actuación, Información a Clientes y Publicidad de las Entidades de Crédito (BOE de 19). Circular nº 8/1990, de 7 de septiembre, del Banco de España. Entidades de crédito. Transparencia de las operaciones y protección de la clientela (BOE de 20). Ley 2/1994, de 30 de marzo. Subrogación y Modificación de Préstamos Hipotecarios (BOE de 4 de abril). Orden de 5 de mayo de 1994. Transparencia de las condiciones financieras de los Préstamos Hipotecarios (BOE de 11). Ley 7/1995, de 23 de marzo. Crédito al Consumo (BOE de 25). Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31) art. 178. Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación (BOE de 14). Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre. Cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito (BOE de 15) (corrección de errores, BOE de 13 de febrero de 1999). Orden de 16 de noviembre de 2000, de desarrollo de la Ley 9/1999, de 12 de abril, por la que se regula el régimen jurídico de las transferencias entre Estados miembros de la Unión Europea así como otras disposiciones en materia de gestión de transferencias en general (BOE de 25). Orden de 16 de noviembre de 2000, de regulación de determinados aspectos del régimen jurídico de los establecimientos de cambio de moneda y sus agentes (BOE de 25). Circular nº 6/2001, de 29 de octubre, del Banco de España. Titulares de establecimientos de cambio de moneda (BOE de 15 de noviembre). Circular nº 4/2002, de 25 de junio, del Banco de España. Entidades de crédito. Estadísticas de los tipos de interés que se aplican a los depósitos y a los créditos frente a los hogares y las sociedades no financieras (BOE de 2 de julio). Orden PRE/1019/2003, de 24 de abril, sobre transparencia de los precios de los servicios bancarios prestados mediante cajeros automáticos (BOE de 30). Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica (BOE de 12). Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros (BOE de 3 de marzo). Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras (BOE de 24). Circular nº 2/2005, de 25 de febrero, del Banco de España, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España. (BOE de 22 de marzo) Anejo I. Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE de 12). Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE de 30) (corrección de errores BOE de 13 de febrero de 2008). Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito (BOE de 1 de abril). Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago (BOE de 14) Circular 1/2010, de 27 de enero, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre estadísticas de los tipos de interés que se aplican a los depósitos y a los créditos frente a los hogares y las sociedades no financieras. (BOE de 5 de febrero) Real Decreto 712/2010, de 28 de mayo, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago. Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago. (BOE de 18). Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios. (BOE de 29 ). Circular 6/2010, de 28 de septiembre, del Banco de España, a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios. (BOE de 11 de octubre de 2010). Hala a disfrutar el apasionante mundo bancario... y si no gusta pues paraísos fiscales, esos maravillosos centros de concentración parasitaria ... Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Vito en 21 de Febrero 2011, 13:59:14 Sentencias querido, sentencias.
Muchas leyes, y buenos abogados. Siempre tienen la sarten por le mango. -bye Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: cordobita en 21 de Febrero 2011, 20:56:56 Me temo que la legislación bancaria española es bastante más extensa. Un artículo relativo a las prácticas de los bancos centrales (es decir los estados) durante los últimos 30 años
http://www.gurusblog.com/archives/bancos-centrales-imprimir-dinero/21/02/2011/#more-12969 Ojalá todos los países fueran paraísos fiscales!!! Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: YoCamilo en 21 de Febrero 2011, 21:06:56 Me temo que la legislación bancaria española es bastante más extensa. Un artículo relativo a las prácticas de los bancos centrales (es decir los estados) durante los últimos 30 años http://www.gurusblog.com/archives/bancos-centrales-imprimir-dinero/21/02/2011/#more-12969 Ojalá todos los países fueran paraísos fiscales!!! encima hay que cortar árboles para hacer papel que nada vale si no hay un respaldo de una cifra en algún lugar informático... en serio... el dinero en metálico debería desaparecer y todos los pagos vías electrónicas Sentencias querido, sentencias. Muchas leyes, y buenos abogados. Siempre tienen la sarten por le mango. -bye si yo también te quiero -fies Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Desconocido en 22 de Febrero 2011, 08:59:14 Los SWAPS "un timo"que tiene muchas sentencias en las que se obliga a los Bancos a devolver lo cobrado, hay muchas paginas en internet que hablan de ello
La banca vendio a empresas y particulares "un seguro" que tenia mas trampas que una pelicula de chinos A la inmensa mayoría de los clientes aunque se les dijo que les ofrecía un seguro, les vendieron otra cosa muy distinta: un swap, un producto complejo que opera con derivados, especulando con la evolución de los tipos de interés. Producto complejo que, además, está diseñado de tal forma que no sólo no cubre el riesgo de fluctuación de los tipos de interés, sino que lo incrementa: en caso de subidas de tipos, sí se compensa al cliente con una cantidad en función de esa subida; pero se establecen una serie de barreras y escalas que limitan la compensación, hacen que ésta no sea proporcional a la subida; en cambio, en el caso de bajada de tipos, se incrementa el riesgo del cliente de forma desproporcionada a la protección que se le ofrece en el caso de subida y también al beneficio que obtiene en la cuota de su préstamo hipotecario: ha de pagar mucho más que lo que recibe en el caso de una subida de tipos de la misma cuantía, y también mucho más que lo que ahorra en la cuota del préstamo. No se trata, por lo tanto, de un producto que cumpla con el objetivo buscado por el art. 19 de la Ley 36/2003, sino de un producto de casino: no es un instrumento de garantías para el cliente, sino un producto especulativo diseñado en forma que la banca siempre gana Artículo decimonoveno. Instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios. Es cierto que hay que informarse siempre de lo que firmamos, pero eso no quita para que se nos explique con claridad y sin solapamientos la realidad del producto que nos venden Y mas aun, no se debe de hacer con el afan de engañar a base de enrevesar los terminos y mucho menos de explicarlos de tal forma que no digan con claridad meridiana a lo que nos arriesgamos http://www.consumer.es/web/es/vivienda/compra/2010/03/09/191587.php?page=2 http://malapraxisbancaria.com/swap/ Título: Re: LA BANCA DA ARCADAS Publicado por: Vito en 22 de Febrero 2011, 14:24:54 Swaps:
Primero paga, luego protesta. Indicación de mi querido abogado cuando le dije de morderle en los huevos al cabrón que nos había metido un CLIP por las narices. Solución: El banco nos dio un préstamo para pagar el clip al 1%, precio muy inferior a los intereses de mercado, y con la condición de no denunciar. Y como estábamos muy pillados de los 00 pues ahí lo dejamos. |